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LOS ACCIONISTAS MINORITARIOS SOLICITAN JUNTAS GENERALES A PUERTA CERRADA

COMUNICADO COVID-19:

Aemec solicita a las compañías cotizadas que, ante el inicio de la temporada de Juntas Generales y a la vista de la situación de riesgo de contagio por el coronavirus, celebren sus juntas generales a puerta cerrada.

En opinión de Aemec las compañías cotizadas deben hacer sus mejores esfuerzos para poner a disposición de los accionistas todos los mecanismos legales para facilitar el ejercicio de los derechos de socio sin requerir su presencia física

Aemec considera que el recurso a los medios electrónicos de carácter telemático constituye la mejor opción para ofrecer a los accionistas mecanismos de participación que ayuden a superar la brecha digital que todavía sufren muchas compañías.

Hoy mismo, Aemec se halla presente en la junta del BBVA exigiendo un cambio de enfoque radical en el modo de celebración en tanto en cuanto se mantenga esta situación de emergencia. Es necesario encontrar un punto de equilibrio entre la necesidad de respetar los derechos de participación de los accionistas en las juntas generales y evitar exponerlos a situaciones de riesgo en su propio perjuicio y el de toda la comunidad. Aemec ha cuestionado la forma de celebración de la Junta General del Banco por haber permitido a los accionistas participar en una reunión que en si misma supone un riesgo evidente y directo para su salud.

Tradicionalmente las juntas se han identificado con reuniones físicas de accionistas al objeto de fiscalizar la actuación de los administradores y adoptar los acuerdos que correspondan sobre cuestiones esenciales de la vida social. Hoy día en las grandes empresas estas reuniones movilizan a miles de personas. Es evidente que en un contexto como el actual carece de todo sentido realizar una reunión de tales características por el riesgo evidente que supone. Es por ello que desde Aemec queremos hacer un llamamiento a las compañías cotizadas para que celebren sus juntas generales en esta ocasión a puerta cerrada.

El dictamen que Cremades & Calvo-Sotelo elaboró en este respecto para Aemec explica que nuestra legislación contempla numerosos mecanismos para el ejercicio de los derechos de socio sin necesidad de presencia física simultánea. A título de ejemplo podemos destacar la delegación de voto, el voto previo, postal o electrónico, el voto a distancia, o la propia participación virtual. Los requisitos para utilizar unas u otras vías no son iguales, con lo que pedimos a las compañías que los tengan implementados en sus procedimientos para poder ponerse en práctica en caso de necesidad.

Es evidente que estamos ante una situación excepcional, quizá incluso de fuerza mayor. Pero no podemos dejar de reconocer que desde el punto de vista de los accionistas nos hallamos también ante una magnífica oportunidad para que las compañías que todavía no lo han hecho, den el salto tecnológico y legal necesario para poner a disposición de los socios todos los mecanismos que permitan un mejor y más fácil ejercicio de sus derechos.

A pesar de la dificultad del momento, desde Aemec queremos recordar que el hecho de que no se produzca una reunión presencial no puede suponer menoscabo alguno de los derechos de los accionistas. Es por ello que desde nuestra asociación estaremos vigilantes a que la excepcionalidad que estamos viviendo no se traduzca en una vulneración de los derechos de información, participación y votación de los accionistas en las juntas. Existen como hemos visto múltiples mecanismos, y por tanto no admitiremos recortes de derechos sino antes al contrario propugnaremos la implantación de los diversos mecanismos en interés de todos los accionistas y de un mejor funcionamiento del gobierno corporativo de las compañías.

La desgraciada crisis del coronavirus puede ser una palanca para un gran salto digital también en los hábitos de las sociedades cotizadas. En tiempo de crisis, grandes avances para potenciar la involucración de los accionistas minoritarios en las compañías en las que han invertido.

Nota de prensa en relación a los Accionistas Minoritarios de GAMESA

  • AEMEC exige a Siemens que realice una oferta de compra a los accionistas minoritarios de Gamesa a un precio de 20 euros la acción
  • AEMEC considera que con la salida de Iberdrola de la compañía se ha producido un hecho de relevancia jurídica que obliga a Siemens a formular la mencionada oferta
  • AEMEC entiende asimismo que la reestructuración societaria que pretende realizar Siemens en Alemania constituye a su vez un supuesto de cambio de control sancionado en nuestra normativa con una opa obligatoria
  • AEMEC emprenderá todas las acciones legales que el ordenamiento ponga a su alcance para defender los derechos de los accionistas minoritarios de Gamesa

El pasado día martes 4 de febrero Siemens e Iberdrola llegaban a un acuerdo para la venta de la participación de Iberdrola en Gamesa (8,%). De este modo Siemens Siemens suma a su 59% de capital en Gamesa el paquete adquirido a Iberdrola, alcanzando así el 67% de la compañía. La operación se ha cerrado a un precio de 20 euros por acción.

Como es sabido la entrada en el capital de Gamesa por parte de Siemens fue el resultado de una operación corporativa de fusión entre Siemens Wind y Gamesa que arrojó una ecuación de canje por la que Siemens adquirió el 59% de su capital. A pesar de adquirir el control de la compañía Siemens solicitó una exención de opa por entender que se trataba de un proyecto industrial y no de una toma de control. Entre los argumentos manejados para justificar el proyecto industrial tenía especial relevancia la presencia de Iberdrola en la compañía en tanto que socio industrial con un estatuto reforzado.

El hecho de que Iberdrola salga del accionariado supone a nuestro entender un cambio significativo en la posición de Siemens. A nuestro modo de ver ya no se puede defender la existencia del inicial proyecto industrial, sino que antes al contrario se ha producido una toma de control ordinaria de carácter subrepticio o sobrevenido. Esto a nuestro entender obliga a Siemens a formular una oferta de compra de las acciones a todos los restantes accionistas minoritarios. El precio ha de ser el que se ha pagado en operaciones precedentes y por tanto debe ascender a 20 euros.

Asimismo los accionistas minoritarios ven con inquietud, y así lo han manifestado en la junta general de Siemens celebrada el pasado día 5 en Munich, el proceso de reestructuración que se va a acometer. La escisión de Siemens en varias sociedades va a tener como resultado que se producirá un cambio en la sociedad que posee el control de Gamesa. Esto no sólo refuerza el hecho de que el proyecto industrial planteado dista mucho de ser el ejecutado, sino también que se producirá un cambio de control ante el que los accionistas minoritarios no pueden quedarse impasibles.

Es por ello que desde Aemec se ejercitarán todas las acciones legales que nos brinde el ordenamiento para exigir a Siemens que formule una oferta de compra de las acciones de los accionistas minoritarios a un precio de 20 euros la acción y materialice el trato paritario que debe a todos y cada uno de los accionistas de la compañía.

Accionistas advierten a la CNMV de que las exigencias de la compra de Siemens a Gamesa no se cumplen

En 2016 el regulador de los mercados permitió a Siemens no hacer una OPA a pesar de que superaba el 30% de las acciones porque, a cambio, ofrecía un plan industrial. Ahora, minoritarios alertan a Sebastián Albella de que este plan puede no estar cumpliéndose.

Un grupo de accionistas minoritarios ha dirigido una carta al presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella, para darle a conocer su situación de desamparo ante las actividades que, según ellos, está realizando el gigante alemán Siemens AG en la compañía vasca Gamesa, y que podrían suponer un incumplimiento de los compromisos de Siemens ante la propia CNMV.

Según ha podido saber OKDIARIO, los accionistas minoritarios representados por Aemec han enviado un escrito a Albella donde le piden que investigue si Siemens está cumpliendo los compromisos adquiridos cuando adquirió Gamesa. Además, también han mandado cartas al presidente y CEO de Siemens Gamesa y a sus consejeros para llamarles la atención sobre que el plan comprometido en 2016 no se está llevando a cabo, ya que no se está produciendo una generación de valor en España sino dando pasos para una posible deslocalización.

Aemec opina, en este sentido, de forma parecida a Iberdrola, que tiene un 8% del accionariado de Siemens Gamesa (Siemens AG tiene el 59%), y que teme que los últimos movimientos de la dirección de Munich puedan ir encaminados a deslocalizar los activos situados en Vizcaya.

Fuente: Okdiario

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El Popular era solvente

El miércoles 10 de abril, poco antes de la Semana Santa, se conoció el informe pericial encargado por el Juez Central de Instrucción número 4 a los Inspectores del Banco de España, Santiago Ruiz-Clavijo y Pablo Hernández Romeo, en los Autos 42/2017 que se siguen en ese Juzgado.

Analizado el informe hemos comprobado, con satisfacción, que su conclusión principal coincide con la línea argumental seguida en la querella que presentamos en nombre de AEMEC y de más de 6.000 perjudicados por la resolución del Banco Popular contra el que fue su presidente Emilio Saracho y cualquier otra persona que pudiera resultar responsable tras la instrucción, por un delito de administración desleal y manipulación del valor de la acción.

En efecto, claramente se desprende del informe pericial que en el momento en que fue resuelto el Banco Popular era solvente. Conformaba el sexto mayor Grupo Bancario Español, con un patrimonio neto de 11.088 millones de euros y una capacidad de generación recurrente de beneficios de 1.105 millones de euros.

Tras sufrir tres graves episodios de fugas de depósitos durante el segundo trimestre de 2017, motivados en gran parte por declaraciones a la prensa, no siempre fundadas, de la situación real del banco; fue resuelto por la JUR, frente a posibles medidas menos gravosas para accionistas y bonistas del banco y, tras amortizar  su capital y capitalizar deuda por importe de 2.031 millones euros, fue adjudicado al Banco de Santander por un euro.

 

Como dice textualmente el Informe pericial las pérdidas de los inversores no se derivaron de la insuficiencia del patrimonio del Banco para absorber las pérdidas de sus activos, sino de la imposibilidad de atender las elevadas e inesperadas solicitudes de retirada de depósitos.

 

Por otra parte, ante el Auto dictado por el Juez en el mencionado procedimiento penal, acordando la agrupación de las acusaciones particulares en un número reducido, entre 5 y 10, para estar entre ellas hemos puesto en conocimiento del Juzgado que AEMEC es la acusación particular que agrupa a mayor número de perjudicados y de las que representa mayor volumen de capital, que está defendida por nuestro Despacho que tiene acreditada experiencia en casos semejantes y que nuestra acción penal sigue una línea estratégica diferente a la de la mayoría de las acusaciones que se centran en el aumento de capital del año 2016.

El informe pericial respalda la acusación de Aemec en la Audiencia Nacional

La fuga de depósitos fue provocada, en opinión de esta asociación   

AEMEC, la asociación que representa a un mayor número de accionistas del Banco Popular ante la Audiencia Nacional y en las instancias europeas, CONSIDERA (comunica) que el Informe de los Peritos del Banco de España, conocido el 10 de abril pasado, refuerza la posición de AEMEC en el caso del Banco Popular EN LAS SIGUIENTES CUESTIONES:

  1. La resolución del banco se debió a la salida masiva de depósitos en el segundo trimestre de 2017
  2. el banco popular era solvente y viable, lo que cuestiona la declaración de inviabilidad a instancias del presidente Saracho
  3. tenía una capacidad de generación de resultados antes de provisiones superior a los 1.100 millones de euros y un patrimonio superior a los 11.000 millones de euros a 31 de diciembre de 2016
  4. estabaen condiciones de cumplir en 2018 los objetivos anunciados en la ampliación de capital.

Asimismo AEMEC quiere resaltar, que el informe de los peritos es crítico y se muestra en total desacuerdo con la valoración de Deloitte que sirvió de base para resolver el popular y vender el banco por un euro al banco Santander, reduciendo a cero el patrimonio de los accionistas del Banco.

AEMEC fue la primera en alertar, ya en abril de 2017, del ataque que estaba sufriendo el Banco Popular, mediante posiciones cortas, difusión de noticias falsas y una comunicación negativa desde la presidencia del Banco, contraria al deber de lealtad de un consejero. 

En sus denuncias a la CNMV y ante el Fiscal Anticorrupción, efectuadas antes de la resolución del Banco, AEMEC anticipaba las consecuencias negativas para el Banco, del conjunto de actuaciones que condujeron al Banco a su resolución por una fuga masiva de depósitos, concentrada en el segundo trimestre de 2017, según señalan los peritos del Banco de España en su informe.

El sexto mayor grupo bancario español, solvente, con un patrimonio neto de 11.088 millones de euros y una capacidad de generación recurrente de beneficios de 1.105 millones de euros, y una cuota de mercado relevante en PYMES fue declarado “failing or likely to fail” por la JUR.

Esa situación se produce, como se asegura en el informe de los peritos, tras tres episodios de fugas de depósitos durante el segundo trimestre de 2017, si bien es el que se origina el 11 de mayo el de especial gravedad.

De la interpretación del informe se pone de relieve que existían posibles medidas menos gravosas para accionistas y bonistas del banco y, por supuesto, mucho mejores para sus intereses, que amortizar  su capital y capitalizar deuda por importe de 2031 millones euros, adjudicado al Banco de Santander por un euro.

Asimismo, la posibilidad de materializar plusvalías por venta de negocios, como las realizadas mas  tarde, aunque ya no en beneficio de sus accionistas, no pudo llevarse a cabo por el cambio “no muy ordenado” de la Presidencia.

AEMEC quiere resaltar también que es muy relevante la opinión sobre el informe de Deloitte, que la JUR utilizó para resolver el Banco Popular: “Finalmente, sobre el informe de valoración económica de Deloitte en el entorno de la resolución, opinamos que no es válido para juzgar la contabilización del Banco puesto que se trata de un informe provisional en el que se hacen hipótesis de inversión que podría hacer un posible comprador pero que no son las mejores de entre las que podrían adoptar los gestores del Banco.” Además critica el proceso de venta pública ,por no ser el más adecuado para obtener el mejor valor de un Banco con una capacidad de generación de beneficios antes de provisiones superior a 1.100 millones de euros.

es muy relevante también la conclusión sobre  la ampliación de capital, de la que el informe dice:  “los miembros del Consejo de Administración que, a diciembre de 2016, poseían un 20,9% del capital, suscribieron la ampliación, lo que consideramos una muestra de su buena opinión sobre la salud financiera del Banco”.

Por tanto, los consejeros que aprobaron y suscribieron la ampliación, son perjudicados. El informe hace referencia a cuestiones contables que en nada afectan al asunto que nos ocupa sobre la recuperación del dinero perdido en la resolución del Banco.

Del informe se deduce que la ampliación sirvió para reforzar los niveles de solvencia y de cobertura de los activos y que la resolución se debió a “La salida de depósitos y subsecuente falta de liquidez”, siendo ésta “la causa que llevó al FROB a resolver la entidad, a instancias de las autoridades europeas”.

A la vista de todo lo anterior, se ven reforzadas las iniciativas legales de AEMEC, tanto en la vía penal, por la administración desleal de los gestores que llevaron al Banco a la resolución por una crisis de liquidez, como ante la JUR, al señalar el informe de los peritos, que el valor patrimonial del Banco superaba los 11.000 millones de euros a 31 de diciembre de 2016. A ese valor, habría que añadir las plusvalías en la venta de negocios que ha obtenido el comprador con posterioridad

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