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  • EUROSHAREHOLDERS

    Como parte de Better Finance, Euroshareholders representa los intereses de los accionistas individuales en la Unión Europea.

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Los minoritarios analizan su posición en la reforma de los reglamentos financieros de la Unión Europea

Los accionistas minoritarios buscarán las vías más eficaces por las que pueden fortalecer su papel en las compañías cotizadas y conocerán los mecanismos presentes y futuros con los que cuentan para aumentar su capacidad de hacer valer sus derechos en dichas empresas en el Congreso Anual de laAsociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) que se celebró en Madrid.

En este Congreso, expertos en el mercado español y en los aspectos regulatorios continentales analizarán los aspectos más críticos del futuro de los derechos de los accionistas minoritarios no sólo desde una perspectiva española, sino también en el ámbito europeo.

Para ello, el Congreso contará con la presencia de expertos en los mercados de valores y de las principales empresas cotizadas españoles y de los máximos responsables de las principales asociaciones europeas de defensa de los derechos de los accionistas minoritarios. En este sentido, destaca la presencia de los principales dirigentes de Euroshareholders, institución que agrupa a 30 asociaciones europeas de minoritarios.

El contenido del Congreso de la AEMEC servirá para que los accionistas minoritarios conozcan cual es su situación actual y en el futuro slots ante la nueva ordenación del mercado de valores y cuales son las nuevas perspectivas que se abren en el mercado de valores español.

En este punto, diferentes expertos españoles e internacionales debatirán sobre la transposición de la Directiva de los Derechos de los accionistas minoritarios, la nueva situación que se presenta en el sector de cajas de ahorros como resultado de la transformación societaria de éstas, las nuevas posibilidades de comunicación de los minoritarios y la evolución de los Núcleos Estables de Minoritarios (NEM).

Estos últimos son grupos integrados por accionistas minoritarios de una empresa para defender sus intereses de forma colectiva y tener una voz única en la compañía. Los NEM se tratan de un modelo de agrupaciones que se constituyen para una compañía concreta en un momento puntual en el que, generalmente, determinados movimientos corporativos perjudican los intereses de los accionistas.

Sobre Euroshareholders

Euroshareholders es una institución que agrupa a alrededor de 30 asociaciones nacionales de defensa de intereses de accionistas minoritarios en Europa, entre las que se encuentra AEMEC. Su principal objetivo es representar los intereses de los accionistas individuales en la Unión Europea, en aspectos como proteger los intereses de los accionistas minoritarios en compañías cotizadas, aumentar el valor para los accionistas, generalizar el trato igual entre accionistas, apoyar los principios del Buen Gobierno Corporativo, promover el conocimiento de los mercados financieros y apoyar la armonización de las mejores normas a nivel europeo.

José Francisco Estévez y Ángel Fernández Albor se reunieron con Steven Maijoor, Presidente Europeo de la Autoridad Regulatoria para los Mercados Financieros (ESMA)

AEMEC, representada por José Estevez como Responsable del Comité Legal de Euroshareholders y Angel Fernández-Albor como miembro del Comité Científico, mantuvo una reunión el pasado día 6 de octubre, en la sede de la CNMV, con Steven Maijoor, Presidente Europeo de la Autoridad Regulatoria para los Mercados Financieros (ESMA) y representantes de la CNMV.

En dicha reunión AEMEC trasladó a ESMA las principales preocupaciones que a su juicio existen hoy en el Mercado Español para los accionistas minoritarios.

Así, puso encima de la mesa, temas como la necesidad de una mejora en el régimen español de OPAS; la necesidad de un reconocimiento claro y rotundo de las asociaciones de accionistas que actúan indefensa de los minoritarios, que cuando menos, necesitan un régimen similar al de las asociaciones de consumidores.

AEMEC sugirió también la introducción de un sistema europeo de acciones de clase para el ejercicio judicial de derechos y sugirió que sería deseable un proyecto de Directiva de “Class Action” Europea.

Un punto clave comentado fue el respaldo legal que los Núcleos Estables de Minoritarios han alcanzado con la Ley de Sociedades de Capital que insta a las Compañías Cotizadas a promover y fomentar la creación de los mismos en el seno de cada una de ellas.

El Sr. Estevez hizo hincapié en la necesidad de establecer canales de comunicación continuos con la CNMV.

Así mismo es deseable la intensificación de la participación del minoritario en la vida societaria, no restringiendo la misma a la celebración de la junta.

AEMEC solicita la intervención de oficio de la CNE en el caso Repsol-Pemex

AEMEC ha presentado, esta misma mañana, escrito ante el registro de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), dirigido tanto a su presidente Don Alberto Lafuente Félez como al consejeroTomás Gómez San Román, por ser éste último el consejero Ponente de la petición de REPSOL sobre el pacto parasocial firmado entre SACYR y PEMEX..

AEMEC considera que la sindicación de votos pactada entre SACYR y PEMEX, celebrada el pasado 29 de agosto de 2011, y el aumento de la participación de PEMEX en el capital social de REPSOL es claramente una operación realizada en fraude de Ley, ya que con este pacto se PEMEX intenta eludir la preceptiva solicitud a la CNE para la adquisición de influencia significativa en una sociedad competidora como es REPSOL; todo ello de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del apartado 3 de la Función 14 de la CNE regulada en la Ley del sector de hidrocarburos.

AEMEC entiende también que PEMEX no solo ha eludido la solicitud de autorización a la CNE anteriormente señalada, sino que además el fin del pacto de sindicación entre SACYR y PEMEX es adquirir una influencia significativa sobre REPSOL, llegando a alcanzar el 29,5% de los derechos de votos de la petrolera española. Siendo este porcentaje el suficiente para alcanzar una influencia significativa en REPSOL sin tener que:

1.- Lanzar una OPA de control, con el consiguiente perjuicio para los accionistas minoritarios.

2.- Solicitar la preceptiva autorización a la CNE, regulada por la denominada Función 14, apartado 2 de la propia CNE para las adquisiciones por sociedades extracomunitarias, de porcentajes de capital superiores al 10%, PEMX ostenta en la actualidad el 9’5% del capital social de REPSOL.

Por todo ello AEMEC solicita en este escrito a la CNE que actúe en ejercicio de sus funciones de supervisión y control del mercado energético y de las actividades de las empresas que operan en el mismo, todo ello de conformidad con la Disposición Adicional Undécima de la Ley del sector de hidrocarburos, esta actuación de la CNE debe sintetizarse en los siguientes puntos:

1.La CNE debe de requerir de oficio a PEMEX para que presente la correspondiente solicitud de autorización para poder adquirir una influencia significativa en REPSOL, e investigue la situación de fraude de Ley en la que ha operado PEMEX eludiendo esta obligación de solicitar la preceptiva autorización.

  1. La CNE un vez que resuelva actuar de oficio y requiera la preceptiva autorización a     PEMEX, debe decretar automáticamente la suspensión del ejercicio de los derechos de voto, representativos del 29,5% del capital social de REPSOL, y resultantes del pacto de sindicación entre PEMEX y SACYR.

AEMEC solicita a la CNMV que investigue el documento de Pemex sobre repsol porque demuestra que su objetivo es tomar el control de la compañia

AEMEC ha presentado, esta misma mañana, escrito ante el registro de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), dirigido tanto a su presidente Don Alberto Lafuente Félez como al consejeroTomás Gómez San Román, por ser éste último el consejero Ponente de la petición de REPSOL sobre el pacto parasocial firmado entre SACYR y PEMEX..

AEMEC considera que la sindicación de votos pactada entre SACYR y PEMEX, celebrada el pasado 29 de agosto de 2011, y el aumento de la participación de PEMEX en el capital social de REPSOL es claramente una operación realizada en fraude de Ley, ya que con este pacto se PEMEX intenta eludir la preceptiva solicitud a la CNE para la adquisición de influencia significativa en una sociedad competidora como es REPSOL; todo ello de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del apartado 3 de la Función 14 de la CNE regulada en la Ley del sector de hidrocarburos.

AEMEC entiende también que PEMEX no solo ha eludido la solicitud de autorización a la CNE anteriormente señalada, sino que además el fin del pacto de sindicación entre SACYR y PEMEX es adquirir una influencia significativa sobre REPSOL, llegando a alcanzar el 29,5% de los derechos de votos de la petrolera española. Siendo este porcentaje el suficiente para alcanzar una influencia significativa en REPSOL sin tener que:

1.- Lanzar una OPA de control, con el consiguiente perjuicio para los accionistas minoritarios.

2.- Solicitar la preceptiva autorización a la CNE, regulada por la denominada Función 14, apartado 2 de la propia CNE para las adquisiciones por sociedades extracomunitarias, de porcentajes de capital superiores al 10%, PEMX ostenta en la actualidad el 9’5% del capital social de REPSOL.

Por todo ello AEMEC solicita en este escrito a la CNE que actúe en ejercicio de sus funciones de supervisión y control del mercado energético y de las actividades de las empresas que operan en el mismo, todo ello de conformidad con la Disposición Adicional Undécima de la Ley del sector de hidrocarburos, esta actuación de la CNE debe sintetizarse en los siguientes puntos:

1.La CNE debe de requerir de oficio a PEMEX para que presente la correspondiente solicitud de autorización para poder adquirir una influencia significativa en REPSOL, e investigue la situación de fraude de Ley en la que ha operado PEMEX eludiendo esta obligación de solicitar la preceptiva autorización.

  1. La CNE un vez que resuelva actuar de oficio y requiera la preceptiva autorización a     PEMEX, debe decretar automáticamente la suspensión del ejercicio de los derechos de voto, representativos del 29,5% del capital social de REPSOL, y resultantes del pacto de sindicación entre PEMEX y SACYR.

Los minoritarios de Ezentis se sientan en el Consejo de Administración por primera vez en la historia de las cotizadas

En la nueva etapa abierta de Ezentis el NEM propuso, y el Consejo de Administración nombró por cooptación como Consejero externo a D. Juan Ignacio Peinado Gracia asesor del Núcleo Estable de Accionistas de Ezentis.

De esta forma, en el nuevo Consejo de Administración de Ezentis estarán integrados y representados todos los sectores del accionariado incluidos los minoritarios que ya representan más del 60% del capital de la compañía. Desde el NEM de Ezentis se ha valorado muy positivamente esta acción pionera y se ha destacado que marca un nuevo comienzo en la forma de hacer y gestionar las empresas cotizadas, que desde ahora tienen un precedente de cómo contar con todos los accionistas y nueva sensibilidad en la forma de gestión.

Por primera vez en la historia del mercado de las cotizadas, una compañía, Ezentis, tendrá en su Consejo de Administración a un representante de los accionistas minoritarios que velerá por sus intereses. Por ese motivo, los accionistas minoritarios creen que éste debería ser un ejemplo para el resto de las Sociedades Cotizadas y han felicitado y agradecido a Ezentis y a su nuevo Presidente por ello.

La persona propuesta para representar a los minoritarios es d. Juan Ignacio Peinado Gracia, socio del Despacho Cremades & Calvo-Sotelo y Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Málaga. Peinado tiene una amplía y dilatada experiencia en el mundo de las cotizadas, tanto en su faceta académica, como autor de varias monografías y un centenar de artículos científicos en materia de Derecho de Sociedades, Derecho de los Mercados de Valores y Derechos de los minoritarios, publicados en distintos países.

Juan Ignacio Peinado trabaja en estrecha colaboración y activamente para AEMEC, la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas, de cuyo Consejo Científico es también Coordinador, asesorando y participando en la constitución de los primeros Núcleos Estables que han surgido al amparo de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) o en el asesoramiento a pequeños grupos de accionistas minoritarios ya existente bajo otra denominación.

Luís Miguel Medina de las Heras. 

Presidente del NEM.

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